13. Tipologías de proyectos incentivables por el Fondo Tecnológico de la UE

Tras los cambios hechos públicos por el Ministerio de Ciencia e Innovación en marzo de 2011 para flexibilizar el acceso al Fondo Tecnológico de la Unión Europea, los proyectos susceptibles de ayuda con cargo a este programa son: FEDER-Innterconecta (específico para las regiones objetivo 1 como Andalucía) y los proyectos CDTI, dentro de los cuales se establecen, a su vez, tres categorías:

1. Feder-Innterconecta (no hubo convocatoria en 2012, se ha abierto de nuevo en 2013)

Los proyectos deben cumplir las siguientes condiciones:

  1. Tratarse de proyectos en cooperación con un mínimo de tres empresas, de las que al menos una debe ser pyme.
  2. Tener un presupuesto mínimo de 2 millones de euros.
  3. Ser presentados por empresas de las regiones objetivo 1 (Andalucía, Galicia, Extremadura).

Modalidad y cuantía de la financiación:

Estos proyectos se acogen a la fórmula de subvención, en lugar de crédito. Cuando se trate de actividades de investigación industrial pueden, de acuerdo con la normativa comunitaria, alcanzar hasta el 80% del presupuesto para pequeñas empresas, el 75% para medianas y el 65% para las grandes. Por su parte, las actividades de desarrollo experimental cuentan con un máximo para la subvención del 60% para las pequeñas empresas, el 50% para las medianas y el 40% para las grandes.

Para poder optar a FEDER-Innterconecta, los proyectos de I+D deben ser realizados en consorcio de al menos tres empresas y subcontratar a centros generadores de conocimiento un mínimo del 15% del presupuesto y con al menos dos tercios de la región objetivo de la convocatoria.

Hasta ahora, todos los proyectos financiados por Fondo Tecnológico contaban con una ayuda mixta (una parte reembolsable y otra en crédito blando), mientras que el nuevo programa FEDER-Innterconecta es íntegramente una subvención. Además, el límite habitual de los programas de financiación a la I+D en España rondaban el 50% del presupuesto de los proyectos, cifra que ahora se eleva hasta el 80%, según los casos. CDTI se ha acogido al máximo que permite la normativa comunitaria (Encuadramiento Comunitario de Ayudas de Estado a la I+D+i), que hasta ahora nunca se había aplicado en España.

2. Proyectos CDTI

Incluyen tres categorías:

  1. Proyectos de I+D Individuales

    Beneficiarios: Empresas.

    Duración: entre 12 y 36 meses.

    Presupuesto: mínimo de 175.000 euros.

  2. Proyecto de I+D en Cooperación Nacional

    Beneficiarios: Se requiere la formalización de una Agrupación de Interés Económico (AIE) o consorcio regido por un acuerdo privado de colaboración, constituidos por, como mínimo, dos empresas autónomas. Se valorará la creación de consorcios equilibrados, que cuenten con un tamaño adecuado para garantizar una gestión eficaz. En proyectos de menos de 3 millones de € el número máximo de empresas participantes será de 6 y por encima de este presupuesto podrán participar hasta 10 empresas.

    Duración: entre 12 y 36 meses.

    Presupuesto: El presupuesto mínimo financiable será del orden de 500.000 €, con un presupuesto mínimo por empresa será de 175.000 €. El reparto de la participación de cada empresa (o grupo de empresas vinculadas o asociadas) deberá ser equilibrado, no superando en ningún caso la participación de una única empresa el 65% del presupuesto total del proyecto.

  3. Proyectos de Cooperación Tecnológica Internacional

    Los proyectos de cooperación tecnológica internacional, tanto a nivel multilateral (Eureka e Iberoeka) como bilateral, son proyectos de I+D promovidos por consorcios internacionales que permiten a las empresas españolas reforzar sus capacidades tecnológicas, ampliando al mismo tiempo el impacto de sus productos, procesos y servicios en los mercados globales. La participación española podrá financiarse mediante un proyecto individual o un proyecto en cooperación nacional en función del número y tipo de participantes.

    Beneficiarios: Empresas a título individual o una AIE o consorcio constituidos por un mínimo de dos empresas autónomas.

    Duración: de 12 a 36 meses.

    Presupuesto: El presupuesto mínimo financiable es de 175.000 €. En el caso de proyectos desarrollados por un consorcio o AIE el presupuesto mínimo del proyecto será del orden de 500.000 €.

  4. Línea directa de innovación

    La Línea Directa de Innovación es un instrumento financiero gestionado directamente por el CDTI y cofinanciado con el Fondo Tecnológico. Su finalidad es el apoyo de proyectos empresariales que impliquen la incorporación y adaptación de tecnologías novedosas a nivel sectorial, y que supongan una ventaja competitiva para la empresa. También se financian actuaciones de adaptación tecnológica dirigidas a la introducción en nuevos mercados. Esta línea de ayuda está sujeta al régimen de minimis.

    Beneficiarios Finales: Sociedades Mercantiles y Cooperativas, con independencia de su tamaño.

    Presupuesto mínimo financiable: 175.000 euros.

    Importe de la financiación: hasta el 75% del presupuesto financiable, pudiendo alcanzar el 85% en función del impacto del proyecto.

    Compatibilidad de la ayuda: esta ayuda sólo será compatible con aquellas recogidas bajo el régimen de minimis, siempre y cuando se respete la financiación máxima permitida por el Reglamento (CE) nº 1998/2006.

    Duración de los proyectos: Máximo 18 meses.

    Modalidad del contrato: Ayuda reembolsable a tipo de interés bonificado será del 2%

    Solicitud: La solicitud se realizará en la aplicación on-line de proyectos, disponible en la sede electrónica del CDTI (https://sede.cdti.gob.es/).

Modalidad y cuantía de la financiación

La modalidad de ayuda al proyecto será una Ayuda Parcialmente Reembolsable, con una cobertura financiera hasta el 75% del presupuesto total aprobado, pudiendo alcanzar hasta el 85% con carácter excepcional. Esta ayuda puede contar con un tramo no reembolsable (TNR) que dependerá de las características del proyecto y del beneficiario. Por tanto, la ayuda CDTI puede distribuirse de la siguiente manera:

  1. Un tramo reembolsable (TR) en un plazo de 10 años, contados a partir del centro de gravedad del proyecto, que se calcula en función de la duración del proyecto y el importe de los hitos presupuestarios. El primer reembolso se realiza 3 años después del centro de gravedad del proyecto, con un mínimo de 2 años desde su fecha de finalización. Este TR tendrá un tipo de interés fijo igual a Euribor a un año + 0,1%, que se establecerá en el momento de la aprobación del proyecto.
  2. Un Tramo No Reembolsable modulado en función de las características del proyecto, del beneficiario y del origen de fondos utilizado para la financiación. Este tramo estará condicionado a la disponibilidad de fondos.

 

Asignación del Tramo no Reembolsable (TNR) en función de las características del proyecto de I+D y del beneficiario

CARACTERÍSTICAS DEL PROYECTO % TNR
Proyectos de I+D desarrollado por una PYME [1]. 5%
Proyectos de I+D cofinanciados por el Fondo Tecnológico (sujeto a disponibilidad de FT en la región).
Convergencia y phasing out
Phasing in
Competitividad
20%
15%
10%
Proyectos de I+D cofinanciados con el Mecanismo Financiero del Espacio Económico Europeo -EEA Grants- (sujeto a disponibilidad de fondos). 20%
Participación efectiva, mediante subcontratación, de entidades de investigación (al menos el 10% del presupuesto elegible). 10%
Cooperación Tecnológica Internacional (programas multilaterales y bilaterales). 18%


1 Tramo no reembolsable.
 

Todos los porcentajes de la tabla están referidos a una cobertura financiera de la ayuda de hasta el 75% del presupuesto del proyecto. Si hubiera cobertura financiera adicional, ésta se concederá en forma de ayuda reembolsable.

3. Criterios de selección

Según lo establecido en la normativa comunitaria aplicable, se considerarán como mínimo los siguientes criterios de selección:

  • Excelencia científico-técnica.
  • Adecuación a los objetivos del programa operativo.
  • Capacidad y equilibrio del consorcio.
  • Calidad y viabilidad económica, técnica, comercial y financiera del proyecto.
  • Impacto socioeconómico.
  • Desarrollo tecnológico relevante para la región y con proyección internacional.
  • Trabajo en equipo entre empresa y centros de investigación.
  • Validación tecnológica prevista.

4. Condiciones de presentación

Se pueden presentar solicitudes a lo largo de cada año hasta final de 2013 a través de la aplicación telemática disponible al efecto en la página web del CDTI. La empresa puede presentar el proyecto completo o bien una presolicitud (Información Preliminar) no vinculante, lo que permite recibir una primera valoración sin tener que preparar una memoria completa y empezar a imputar costes con cargo al proyecto.

Con el fin de asegurar el carácter incentivador de la ayuda, sólo se pueden financiar proyectos que no hayan comenzado con anterioridad a la fecha de entrada de la solicitud (sólo se podrán haber realizado estudios de viabilidad).

Para más información, es posible consultar la web del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI) www.cdti.es.

Corporación Tecnológica de Andalucía

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